ALLUE (PAR) PIDE EL MISMO TRATO PARA ARAGÓN QUE EL DADO PARA ANDALUCÍA EN MATERIA HIDRÁULICA
El Portavoz del Grupo Parlamentario del PAR, Javier Allué, ha presentado una iniciativa esta mañana en las Cortes de Aragón relativa a la participación de las Comunidades Autónomas en los organismos de cuenca de las Confederaciones Hidrográficas, y en la que se pide igualmente que se otorgue a Aragón las mismas facultades que el Estado ha otorgado a Andalucía. Os adjunto el texto literal.
El pasado 18 de noviembre de 2008, una representación de las Cortes de Aragón acudió al Congreso de los Diputados al objeto de defender la toma en consideración de una proposición de Ley de este Parlamento Autonómico, destinada a promover una mayor participación de las Comunidades Autónomas en los órganos de gestión de las Confederaciones Hidrográficas (concretamente en las Juntas de Explotación y en las Comisiones de Desembalse) a través de una reforma del Texto Refundido de la Ley de Aguas.
La iniciativa, aprobada en estas Cortes en 2004 y llegada al Congreso cuatro años después en un lamentablemente dilatado y lento proceso parlamentario, no obtuvo el respaldo suficiente por parte de los grupos mayoritarios en dicha Cámara, razón por la cual la toma en consideración fue rechazada.
El transcurso de tiempo entre la aprobación en las Cortes de Aragón y su debate en el Congreso de los Diputados, ha sido tan extenso (cuatro años) que muchas cosas han cambiado en Aragón y en España. Entre otras, el marco estatutario de nuestra Comunidad Autónoma. Efectivamente, el 23 de abril de 2007 entró en vigor nuestro nuevo y vigente Estatuto de Autonomía de Aragón, normativa que ha supuesto un avance cuantitativo y cualitativo en el autogobierno de Aragón.
En el nuevo Estatuto de Autonomía de Aragón, el papel jugado por el recurso del agua es, como no podía ser de otra manera, muy importante. Son varias las referencias a este elemento, y sustanciales las garantías establecidas para los aragoneses así como los deberes establecidos para los poderes públicos. En este sentido, sirva como ejemplo el artículo 19 (Derechos en relación con el agua) o el artículo 72, que más concretamente establece el derecho de Aragón a participar y colaborar en la planificación hidrológica y en los órganos de gestión estatal de los recursos hídricos y de los aprovechamientos hidráulicos que pertenecen a cuencas hidrográficas intercomunitarias que afecten a la Comunidad Autónoma.
Por último, la disposición adicional Quinta del Estatuto de Autonomía de Aragón dispone que la planificación hidrológica concretará las asignaciones, inversiones y reservas para el cumplimiento del principio de prioridad en el aprovechamiento de los recursos hídricos de la cuenca del Ebro y de los derechos recogidos en el artículo 19 del presente Estatuto, considerando que la resolución de las Cortes de Aragón de 30 de junio de 1992 establece una reserva de agua para uso exclusivo de los aragoneses de 6.550 hm3.
Las Cortes de Aragón se han pronunciado igualmente sobre este aspecto en particular, a través de una proposición no de ley en la que se instaba al Gobierno de Aragón a acordar con el Estado la participación de Aragón en la gestión del aprovechamiento de la reserva hídrica de 6.550 hectómetros cúbicos para uso exclusivo de los aragoneses en cumplimiento de las competencias en materia de agua que ostenta la Comunidad Autónoma de Aragón según su Estatuto de Autonomía; proponer al Estado mediante convenio la ejecución por la Administración autonómica de las obras hidráulicas del Pacto del Agua, con las modificaciones acordadas en la Comisión del Agua de Aragón, fijando los plazos y con financiación anual en los Presupuestos Generales del Estado, que garanticen las necesidades de agua presentes y futuras de los aragoneses, y a elaborar un Proyecto de Ley de Aguas y Ríos de Aragón, en el que se regule una organización hidráulica propia y las normas de procedimiento y gestión del agua en Aragón.
Además de lo anterior, y como tercer antecedente, el Consejo de Ministros aprobó ha aprobado, un real decreto sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de recursos y aprovechamientos hidráulicos de las aguas de la cuenca del Guadalquivir que transcurren íntegramente por el territorio andaluz. Con este traspaso aprobado, la comunidad autónoma andaluza asumió, entre otras funciones, la concesión, gestión y protección de los recursos hídricos, asignados y reservados por la planificación hidrológica; el registro de aguas; el otorgamiento de autorizaciones de vertido y de uso o aprovechamiento del dominio público hidráulico; la participación en la planificación hidrológica y la explotación, conservación y régimen de desembalses de los aprovechamientos hidráulicos.
Por todo lo anterior, este Grupo Parlamentario cree conveniente la presentación de la siguiente
PROPOSICIÓN NO DE LEY
Las Cortes de Aragón instan al Gobierno de Aragón a:
1. Solicitar al Gobierno central la modificación de la normativa reglamentaria de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Aguas, al objeto de que las Comunidades Autónomas se encuentren representadas en las Juntas de Explotación y Comisiones de Desembalse de acuerdo con la iniciativa legislativa aprobada por las Cortes de Aragón en sesión plenaria de 29 y 30 de abril de 2004.
2. Desarrollar los contenidos del artículo 72 del Estatuto de Autonomía de Aragón, especialmente en relación a la participación de la Comunidad Autónoma de Aragón en la planificación hidrológica y en los órganos de gestión estatal de los recursos hídricos.
3. Iniciar en las próximas reuniones de la Comisión Bilateral Comunidad Autónoma de Aragón– Estado, las negociaciones para que Aragón asuma el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado de manera equivalente (y con las especificidades propias de Aragón y de la Cuenca Hidrográfica del Ebro) al caso de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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