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EL PAR PROPONE, EN BASE AL DERECHO FORAL, ASISTENCIA DE LOS PADRES EN CASO DE INTERRUPCIÓN VOLUNTARIA DE EMBARAZO DE LA MENOR

EL PAR PROPONE, EN BASE AL DERECHO FORAL, ASISTENCIA DE LOS PADRES EN CASO DE INTERRUPCIÓN VOLUNTARIA DE EMBARAZO DE LA MENOR

El grupo parlamentario del Partido Aragonés en las Cortes de Aragón ha registrado esta mañana una proposición de ley sobre la capacidad civil de la menor aragonesa en los supuestos legales de interrupción del embarazo que requerirá la asistencia de un progenitor, tutor o autorización judicial.

Tradicionalmente el derecho civil aragonés ha regulado cuestiones de derecho privado que afectan a la mayoría de edad de los aragoneses y frente al concepto de patria potestad del derecho civil español, en Aragón, han prevalecido el derecho en función de la protección del menor. Bajo esta premisa, en Aragón se ha otorgado tradicionalmente mayor capacidad de obrar al menor siempre bajo la necesaria asistencia de los padres frente al derecho civil español donde son los padres los que actúan como representantes legales, sin la intervención del menor.

La proposición de ley registrada hoy ahonda en esa capacidad del menor aragonés asistido por su progenitor quien de esta forma tiene mejor garantizada su protección. Dicha asistencia debe de interpretarse como una colaboración en la toma de decisiones que pueden afectar gravemente al futuro desarrollo de su personalidad y no como una autorización del acto.

 

Obligado cambio normativo

El proyecto de ley orgánica de salud sexual y reproductiva y de interrupción voluntaria del embarazo aprobado recientemente por el Gobierno central, sitúa la edad legal para decidir sobre el aborto en los 16 años sin la participación ni necesario conocimiento de los padres. Este planteamiento no se ajusta a la tradición jurídica aragonesa en cuyo derecho civil foral el menor con capacidad de decisión es amparado por sus progenitores mediante la asistencia, favoreciendo el pleno desarrollo de su personalidad.

En una traslación a la problemática suscitada, la proposición de ley plantea que las menores aragonesas deban manifestar su consentimiento a la interrupción del embarazo pero además deba estar asistido por uno de los dos progenitores quien deberá mostrar su conformidad con dicha interrupción, garantizando de esta forma el necesario apoyo y consejo al menor en la adopción de aquellos actos para los que carezca del conocimiento, madurez y experiencia suficiente.

No obstante, cuando ninguno de los padres preste a la menor aragonesa la asistencia para abortar ésta podrá solicitar la asistencia al juez en garantía del ejercicio razonado de su derecho a la libertad personal y de su interés.

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